{"id":180,"date":"2014-02-21T13:21:54","date_gmt":"2014-02-21T12:21:54","guid":{"rendered":"http:\/\/dclrabogados.com\/www\/?p=180"},"modified":"2016-12-12T15:16:58","modified_gmt":"2016-12-12T14:16:58","slug":"nuevos-modelos-aprobados-de-cuentas-anules-para-su-presentacion-en-el-registro-mercantil","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/dclrabogados.com\/www\/2014\/02\/21\/nuevos-modelos-aprobados-de-cuentas-anules-para-su-presentacion-en-el-registro-mercantil\/","title":{"rendered":"NUEVOS MODELOS APROBADOS DE CUENTAS ANULES PARA SU PRESENTACION EN EL REGISTRO MERCANTIL"},"content":{"rendered":"<p>Recientemente ha sido publicada en el BOE la Resoluci\u00f3n de 28 de enero de 2.014, dictada por la Direcci\u00f3n General de los Registros y el Notariado, que recoge las novedades introducidas en los modelos de dep\u00f3sito de cuentas establecidos en la Orden JUS\/206\/2009, de 28 de enero.<\/p>\n<p>La disposici\u00f3n adicional de la Orden JUS\/206\/2009, de 28 de enero, faculta a la Direcci\u00f3n General de los Registros y del Notariado para que pueda aprobar aquellas modificaciones que exijan los modelos a que se refiere esta orden como consecuencia de reformas puntuales de la normativa contable.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, en cumplimiento del art\u00edculo 1 de la Orden JUS\/206\/2009, de 28 de enero, a trav\u00e9s de esta resoluci\u00f3n, se da publicidad a las traducciones de los mencionados modelos a las dem\u00e1s lenguas cooficiales propias de cada una de las Comunidades Aut\u00f3nomas, en armon\u00eda con el marco constitucional y dentro de sus respectivos territorios.<\/p>\n<p>Los cambios en los modelos de presentaci\u00f3n de cuentas anuales son consecuencia de la promulgaci\u00f3n de normas de naturaleza contable y fiscal, cuyas novedades deben tener reflejo en las cuentas anuales, as\u00ed entre otras:<\/p>\n<p>La Ley 16\/2012, de 27 de diciembre, por la que se adoptan diversas medidas tributarias dirigidas a la consolidaci\u00f3n de las finanzas p\u00fablicas y al impulso de la actividad econ\u00f3mica, estableci\u00f3 la posibilidad de practicar una actualizaci\u00f3n de balances.<\/p>\n<p>La Resoluci\u00f3n de 28 de mayo de 2013, del Instituto de Contabilidad y Auditor\u00eda de Cuentas (ICAC), por la que se dictan normas de registro, valoraci\u00f3n e informaci\u00f3n a incluir en la memoria del inmovilizado intangible, establece nuevos detalles a suministrar por las empresas en el balance, y la cuenta de p\u00e9rdidas y ganancias del modelo normal de dep\u00f3sito de cuentas individuales.<\/p>\n<p>La Ley 14\/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalizaci\u00f3n, modifica, en su art\u00edculo 25, 37 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4\/2004, de 5 de marzo, estableciendo que, si se han realizado actividades econ\u00f3micas al amparo de dicha Ley, se debe hacer constar en la memoria informaci\u00f3n sobre la deducci\u00f3n por inversi\u00f3n de beneficios. Por otra parte, el art\u00edculo 49 de la citada Ley14\/2013, de 27 de septiembre, modifica el apartado 1 del art\u00edculo 257 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, aprobado por Real Decreto Legislativo 1\/2010, de 2 de julio, actualizando los umbrales para la formulaci\u00f3n de cuentas anuales abreviada<\/p>\n<p>Por \u00faltimo, y con el fin de homogeneizar las hojas de datos generales de identificaci\u00f3n de los modelos de cuentas individuales y consolidadas, se incorpora la direcci\u00f3n de e-mail de contacto de la empresa.<\/p>\n<p>Adjuntamos a la presente circular, desglose publicado en el BOE de todas las novedades introducidas con relaci\u00f3n a los distintos modelos de cuentas anuales aprobados y de obligada publicaci\u00f3n en el Registro, a saber:<\/p>\n<p><...><\/p>\n<p>(EN CASO DE ESTAR INTERESADO EN OBTENER ESTA NOTICIA COMPLETA, CONTACTE CON ESTE DESPACHO)<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Recientemente ha sido publicada en el BOE la Resoluci\u00f3n de 28 de enero de 2.014, dictada por la Direcci\u00f3n General de los Registros y el Notariado, que recoge las novedades introducidas en los modelos de dep\u00f3sito de cuentas establecidos en la Orden JUS\/206\/2009, de 28 de enero. 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