{"id":365,"date":"2019-07-11T17:27:46","date_gmt":"2019-07-11T16:27:46","guid":{"rendered":"http:\/\/dclrabogados.com\/www\/?p=365"},"modified":"2019-07-11T17:27:46","modified_gmt":"2019-07-11T16:27:46","slug":"registro-de-impagados-judiciales-rij","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/dclrabogados.com\/www\/2019\/07\/11\/registro-de-impagados-judiciales-rij\/","title":{"rendered":"REGISTRO DE IMPAGADOS JUDICIALES (RIJ)"},"content":{"rendered":"<p>Este mes se ha presentado, y puesto en marcha, el \u00a0Registro de Impagados Judiciales (RIJ), un novedoso fichero de morosidad destinado a recoger informaci\u00f3n de deudas l\u00edquidas, vencidas y exigibles no inferiores a 50\u20ac y <strong><u>reconocidas mediante una resoluci\u00f3n judicial firme,<\/u><\/strong> aportada por los acreedores de las mismas a trav\u00e9s de sus Abogados que les representan en dicho proceso, al objeto de su difusi\u00f3n al sistema financiero espa\u00f1ol y terceros que acrediten un inter\u00e9s leg\u00edtimo en acceder a tal informaci\u00f3n.<\/p>\n<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"aligncenter size-full wp-image-339\" src=\"http:\/\/dclrabogados.com\/www\/wp-content\/uploads\/2017\/12\/segunda-oportunidad.jpg\" alt=\"\" width=\"170\" height=\"120\" \/><\/p>\n<p>Este mes se ha presentado, y puesto en marcha, el \u00a0Registro de Impagados Judiciales (RIJ), un novedoso fichero de morosidad destinado a recoger informaci\u00f3n de deudas l\u00edquidas, vencidas y exigibles no inferiores a 50\u20ac y <strong><u>reconocidas mediante una resoluci\u00f3n judicial firme,<\/u><\/strong> aportada por los acreedores de las mismas a trav\u00e9s de sus Abogados que les representan en dicho proceso, al objeto de su difusi\u00f3n al sistema financiero espa\u00f1ol y terceros que acrediten un inter\u00e9s leg\u00edtimo en acceder a tal informaci\u00f3n.<\/p>\n<p>El RIJ nace como una herramienta al servicio de la justicia y del ordenamiento jur\u00eddico espa\u00f1ol que dota a los acreedores que han visto reconocido su derecho al cobro de una deuda en una resoluci\u00f3n judicial firme, de <strong>mayores garant\u00edas para el cumplimiento de la misma<\/strong>, reforzando y garantizando su derecho a la tutela judicial efectiva y a que se cumpla la ejecuci\u00f3n de la sentencia que reconoce sus derechos de cr\u00e9dito.<\/p>\n<p>El RIJ <strong><u>pretende acabar con las ejecuciones judiciales infructuosas<\/u><\/strong> tras largos a\u00f1os de litigio judicial en reclamaci\u00f3n de una deuda, y al mismo tiempo otorga transparencia al tr\u00e1fico mercantil de nuestro pa\u00eds dotando de seguridad y confianza al sistema financiero y a los mercados, ofreciendo informaci\u00f3n veraz y relevante sobre solvencia y riesgo crediticio de personas f\u00edsicas y jur\u00eddicas.<\/p>\n<p>Es en definitiva un servicio de apoyo a la gesti\u00f3n de cobro realizada por abogados, d\u00e1ndole un valor a\u00f1adido de difusi\u00f3n a sus reclamaciones que trata de asegurar la satisfacci\u00f3n de la deuda mediante el empleo de la presi\u00f3n social y econ\u00f3mica que supone la inclusi\u00f3n de la misma en un fichero de morosidad. Por tanto, el citado servicio no es sustitutivo de la labor de abogados sino complementario de esta.<\/p>\n<p>El sistema de inscripci\u00f3n es sencillo:<\/p>\n<p><strong>1.-<\/strong> una vez se solicita la publicaci\u00f3n de la reclamaci\u00f3n, el equipo jur\u00eddico del RIJ, con car\u00e1cter previo a toda acci\u00f3n, valida la informaci\u00f3n y los documentos incluidos en \u00e9sta. De esta manera, verificar\u00e1, a trav\u00e9s de la correspondiente resoluci\u00f3n, que la deuda re\u00fane los requisitos exigidos por la ley, as\u00ed como que no existe ning\u00fan otro error o incoherencia en la informaci\u00f3n publicada por el abogado en el fichero.<\/p>\n<p><strong>2.-<\/strong> Tras la verificaci\u00f3n anterior, la Plataforma enviar\u00e1 en nombre del Abogado o acreedor un requerimiento fehaciente de pago al deudor<\/p>\n<p><strong>3.-<\/strong> En el caso de que el d\u00e9bito no se haya satisfecho en 5 d\u00edas, se inicia por el RIJ el proceso de notificaci\u00f3n al deudor de la publicaci\u00f3n e inclusi\u00f3n en el RIJ del impago, por carta certificada. El deudor podr\u00e1 ejercitar sus derechos de acceso, rectificaci\u00f3n, supresi\u00f3n, oposici\u00f3n o limitaci\u00f3n del tratamiento, con arreglo a la normativa aplicable y el registro se mantendr\u00e1 si el deudor no se opone o si su oposici\u00f3n no est\u00e1 justificada. En este momento, \u00e9l deudor podr\u00e1 contactar con el abogado del acreedor o alcanzar un acuerdo de pago y resoluci\u00f3n de la deuda.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Como ven<u>, se trata de una herramienta sumamente interesante al servicio del Acreedor, con la que se pretende, por fin, aumentar la eficacia y cumplimento de las Sentencias dictadas, y de las ejecuciones interpuestas, elevando las cantidades recuperadas a trav\u00e9s reclamaciones judiciales<\/u><\/p>\n<p>A mayor abundamiento, y a diferencia de otros registros de esta clase, <u>el RIJ cumple con la nueva Ley General de Protecci\u00f3n de Datos, la Ley de Protecci\u00f3n del Derecho al Honor y el C\u00f3digo Deontol\u00f3gico de la Abogac\u00eda<\/u>, garantizando la seguridad jur\u00eddica, y <u>sin perjudicar por tanto la imagen de la marca que decida hacer uso de este registro.<\/u><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Este despacho comenzar\u00e1 a inscribir en el RIJ de inmediato, aquellas sentencias estimatorias obtenidas y que hayan devenido firmes, \u00a0para aquellos clientes que as\u00ed lo deseen y\u00a0 nos autoricen a ello<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Este mes se ha presentado, y puesto en marcha, el \u00a0Registro de Impagados Judiciales (RIJ), un novedoso fichero de morosidad destinado a recoger informaci\u00f3n de deudas l\u00edquidas, vencidas y exigibles no inferiores a 50\u20ac y reconocidas mediante una resoluci\u00f3n judicial firme, aportada por los acreedores de las mismas a trav\u00e9s de sus Abogados que les [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":339,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[],"class_list":["post-365","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-noticias"],"jetpack_featured_media_url":"http:\/\/dclrabogados.com\/www\/wp-content\/uploads\/2017\/12\/segunda-oportunidad.jpg","_links":{"self":[{"href":"http:\/\/dclrabogados.com\/www\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/365","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"http:\/\/dclrabogados.com\/www\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"http:\/\/dclrabogados.com\/www\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/dclrabogados.com\/www\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/dclrabogados.com\/www\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=365"}],"version-history":[{"count":2,"href":"http:\/\/dclrabogados.com\/www\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/365\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":367,"href":"http:\/\/dclrabogados.com\/www\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/365\/revisions\/367"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/dclrabogados.com\/www\/wp-json\/wp\/v2\/media\/339"}],"wp:attachment":[{"href":"http:\/\/dclrabogados.com\/www\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=365"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"http:\/\/dclrabogados.com\/www\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=365"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"http:\/\/dclrabogados.com\/www\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=365"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}