EL REGISTRO DE JORNADA

El pasado 8 de marzo se aprobó el Real Decreto Ley 8/2019 de medidas urgentes de protección social y lucha contra la precariedad laboral, que modifica el Texto Refundido del Estatuto del Trabajador

Entre las novedades recogidas en dicha norma, la que ha tenido más repercusión sin duda es la obligación de todas las empresas, desde el pasado día 12 de Mayo, de elaborar, llevar y guardar un registro de la jornada laboral de sus trabajadores

Hasta entonces solo era obligatorio tener un registro de la jornada de los trabajadores a tiempo parcial, tras la entrada en vigor de la nueva normativa la obligatoriedad se extiende a todos los trabajadores de todas las empresas, independientemente del tipo de contrato y del tamaño de la empresa.

 Según se recoge en la Disposición General I del Real Decreto Ley 8/2010, el objetivo de dicho registro es garantizar el cumplimiento de los límites en materia de jornada, de crear un marco de seguridad jurídica tanto para las personas trabajadoras como para las empresas y de posibilitar el control por parte de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social

La aplicación de dicho registro, más estricto que el existente en el resto de países de la UE, ha suscitado muchísimas dudas entre las empresas, lo que

Por ello, el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social ha elaborado un manual con el fin de facilitar la aplicación práctica de la norma, en el que se recogen criterios, a mero título informativo, en relación con este deber formal empresarial, sin perjuicio de la interpretación de la norma que corresponde a los Juzgados y Tribunales del orden social.

A continuación encontraran enlace al Manual práctico publicado por el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social

 

 

El no cumplimiento por parte de la empresa con la llevanza de dicho registro se considera una infracción grave, pudiendo ser sancionada por ello con multas, en su grado mínimo, de 626 a 1.250 euros, en su grado medio de 1.251 a 3.125 euros; y en su grado máximo de 3.126 a 6.250 euros.